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a condición de que escuches la voz de Yahvé tu Dios guardando todos sus mandamientos que yo te prescribo hoy y haciendo lo que es recto a los ojos de Yahvé tu Dios.
(Deuteronomio  13, 19) © Nueva Biblia de Jerusalén (Desclee, 1998)

La Biblia de Nuestro Pueblo (Liturgical Press, 2006),

Casuística en torno a la idolatría. En línea con 12,2-4.29-31, este capítulo contempla tres casos de idolatría. En primer lugar, quien haciéndose llamar profeta o visionario intenta incitar al pueblo a seguir dioses extranjeros dándoles culto (2s). No hay que hacerle caso, por el contrario, debe ser ejecutado por haber incitado a la rebelión contra el único Señor que los sacó de Egipto y por tanto el único que les garantiza la vida y la libertad (6). En segundo lugar, si algún miembro de la familia intenta seducir a un pariente cercano para dar culto a otros dioses; también debe ser rechazado y hay que darle muerte lapidándolo (7-12). En tercer lugar, si en una ciudad algún colectivo de hombres que desobedecen a Dios intentan descarriar a los demás incitándolos a desviarse del culto y de la obediencia al verdadero Dios. También a ésos hay que investigarlos y, si es el caso, deben morir pasados a cuchillo; la ciudad será destruida sin posibilidad de ser reconstruida nuevamente (13-19).
Se trata, pues, de una dura legislación que busca erradicar todo comportamiento religioso que no sea dirigido exclusivamente al Señor. Esto indica que no era raro que en algunos grupos o familias se rindiese culto a divinidades locales. La sentencia para quienes obraban así era la muerte. Pero no hay que tomar esto al pie de la letra. Sabemos que el auténtico Dios de la vida jamás exigirá la vida de quien actúe en contra suya (cfr. Luc_9:54s). Hemos de pensar siempre en el contexto histórico en el cual surgen estos textos y tener en cuenta que ésa era la manera de mantener el «orden» y la ortodoxia religiosa, máxime cuando se trataba de sobrevivir como pueblo especialmente elegido y, por tanto, con una sola preocupación: mantener el compromiso de Alianza de ser el pueblo del Señor.
Dios nos sigue exigiendo ese compromiso de pertenecerle sólo a Él, porque es el único que puede garantizarnos la libertad y la vida. Pero los que actúan de forma diferente no son nuestros enemigos, ni estamos autorizados a «exterminarlos» mediante condenas, señalamientos o excomuniones. Lo que sí podemos y debemos hacer como personas y como comunidad es actuar de tal modo, que seamos reconocidos y estimados por todos gracias a nuestras obras de fraternidad y solidaridad (cfr. Hch_2:44-47; Hch_4:32-35; Hch_5:13). Así también se sentirán atraídos a servir a Dios y a la causa de la construcción del reino en la paz y en la justicia.