Biblia Comentada, Profesores de Salamanca (BAC, 1965)
35. Las Ciudades Levíticas.
S egún el texto
los levitas, consagrados al servicio del santuario, no debían tener porción alguna en el reparto de la tierra de Canaán. Por eso, entre los príncipes de las tribus antes mencionadas no figura ninguno de la tribu de Leví. No obstante, los príncipes son doce, porque José se halla representado por sus dos hijos, adoptados por Jacob, Efraím y Manasés. En la enumeración que sigue se concede a los de la tribu de Leví 48 ciudades, repartidas en el territorio de las otras tribus, con su término para pasto de las bestias que podían poseer.
1
Habló Yahvé a Moisés en los llanos de Moab, junto al Jordán, frente a Jericó, diciendo: 2
Manda a los hijos de Israel que de la heredad de su posesión cedan a los levitas ciudades, en las que puedan habitar. Dadles también lugares de pastos en los contornos de esas ciudades. 3
Que tengan ciudades en qué habitar y pastos para sus animales, para sus ganados y para todas sus bestias. 4
Los lugares de pasto en torno de las ciudades que daréis a los levitas serán: a partir de los muros de la ciudad, para afuera, de mil codos en torno; 5
y la extensión de fuera de la ciudad, dos mil codos a la parte de oriente, dos mil codos a la parte de mediodía, dos mil codos a la parte de occidente y dos mil codos a la parte del norte, quedando en medio la ciudad. Estos serán los lugares de pastos de sus ciudades. 6
De las ciudades mismas que daréis a los levitas, seis serán las ciudades de refugio, donde pueda acogerse el homicida; y las otras, cuarenta y dos en número; 7
en total, cuarenta y ocho ciudades con sus lugares de pasto. En cuanto a las ciudades que de los hijos de Israel habéis de dar a los levitas, 8
tomaréis más de los que tengan más, y menos de los que tengan menos. Cada uno cederá para los levitas sus ciudades en proporción de la heredad que haya recibido.
Se destinan 48 ciudades a disposición de los levitas1
, o pertenecientes a la tribu de Leví en general, incluidos los sacerdotes. Esto no excluye que otros no levitas cohabiten con ellos en dichas ciudades2. Y, por otra parte, los levitas no estaban necesariamente confinados a estas localidades, sino que podían morar en otras. En las ciudades específicamente levíticas debía reservarse un terreno de pastos de dos mil codos (un km.) de largo y mil codos (medio km.) de ancho en torno a dichas villas (v.4-6). Esta disposición teórica era difícil de cumplir en la práctica. De estas 48, seis deben estar abiertas como ciudades de
refugio para los homicidas involuntarios. La distribución de estas 48 ciudades levíticas debe ser proporcional y justa, conforme al número de habitantes de cada tribu3. Muchos críticos consideran estas disposiciones sobre las ciudades levíticas como posteriores al destierro. En el Deuteronomio, donde tanto se preocupa el legislador de los sacerdotes y levitas, no encontramos esta legislación4. Ezequiel, al describir la repartición futura de la tierra santa, no apela a esta institución, sino que establece una zona de habitación para levitas y sacerdotes en torno al templo5
. Por otra parte, la distribución de las ciudades supone para los
sacerdotes las zonas colindantes con Jerusalén: tribus de Judá, Simeón y Benjamín, mientras que los
levitas (no sacerdotes) se sitúan sobre todo en la parte septentrional, más alejada del templo de Jerusalén. Sin embargo, según
1Cr_13:2, los sacerdotes y levitas tenían ciudades propias y sus pastos, y con ocasión del cisma de Jeroboam I (s.X a.C.), los sacerdotes y levitas abandonaron sus posesiones del norte y se fueron al reino de Judá6. Todo esto indica que ya existían ciudades levíticas antes del exilio. Lo que sí es claro es que los levitas llevaban una vida precaria en Israel, sin duda porque no se cumplían las ordenaciones que les favorecían. El libro del Deuteronomio
hace llamamientos a la caridad para que los israelitas sean generosos con los levitas7. No hemos de perder de vista, por otra parte, la manera que el texto
tiene de concebir la historia de Israel: desde los orígenes aparece la tribu de Leví consagrada especialmente al culto de Yahvé. Con el tiempo se viene a introducir la división de dos clases: los sacerdotes y los simples levitas, encargados de los menesteres inferiores del culto, y el autor narra la historia conforme al marco histórico de su tiempo, reflejando sus instituciones, que traslada sistemáticamente a los primeros tiempos del mosaísmo para rodearlos de veneración ante los fieles y presentarlas como de institución divina.
Las Ciudades de Refugio (9-28).
9
Yahvé habló a Moisés, diciendo: 10
Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hayáis pasado el Jordán, en la tierra de Canaán, 11elegiréis ciudades que sean para vosotros ciudades de refugio, donde pueda refugiarse el homicida que hubiera matado a alguno sin querer. 12
Estas ciudades os servirán de asilo contra el vengador de la sangre, para que no sea muerto el homicida antes de comparecer en juicio ante la asamblea. 13
Las ciudades a esto destinadas serán seis, que serán para vosotros ciudades de refugio. 14
Destinaréis tres del lado de allá del Jordán y tres en la tierra de Canaán para ciudades de refugio, 15
para los hijos de Israel, para el extranjero y para el que habita en medio de vosotros, para que quien haya matado a alguno sin querer, pueda refugiarse en ellas. 16
Si le hirió con instrumentos de hierro y se sigue la muerte, es homicida, y el matador será muerto; 17
lo mismo si le hirió con piedra en mano capaz de causar la muerte, y ésta se sigue; es homicida y será castigado con la muerte; 18
lo mismo si le hirió manejando un instrumento de madera capaz de producir la muerte, y ésta se sigue; es homicida y será muerto. 19
El vengador de la sangre matará por sí mismo al homicida; cuando le encuentre le matará. 20
Si por odio le derribó, o le arrojó de propósito encima alguna cosa, y se sigue la muerte, 21
o si por odio le golpeó con las manos y se sigue la muerte, el que hirió será castigado con la muerte; es homicida. El vengador de la sangre le matará cuando le encuentre. 22
Mas si, al contrario, por azar, sin odio, le derriba o le arroja encima alguna cosa sin querer, 23
o sin verle le tira encima una piedra que puede causar la muerte, y la muerte se sigue, sin que fuera su enemigo ni buscase su mal, 24
juzgará la asamblea entre el que hirió y entre el vengador de la sangre según las leyes. 25
La asamblea librará al homicida del vengador de la sangre, le volverá a la ciudad de asilo donde se refugió, y allí morará hasta la muerte del sumo sacerdote ungido con el óleo sagrado. 26
Si el homicida sale del territorio de la ciudad de asilo en que se refugió, 27
y el vengador de la sangre le encuentra fuera del territorio de su ciudad de refugio y le mata, no será responsable de su muerte; 28
porque el homicida debe morar en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote, y, muerto ya el sumo sacerdote, podrá retornar a la tierra donde está su posesión.
La administración de justicia era en Israel, a juzgar por los textos jurídicos, bastante imperfecta. La ley es inexorable con el homicida: la sangre derramada pide sangre. Es la ley del tallón del desierto. Del mismo altar será arrancado el homicida para sufrir la pena capital8.
Pero ¿quién es homicida? El que voluntariamente quita la vida al prójimo, sea cualquiera el instrumento de que se sirva para ello. Más no es tan fácil determinar la culpabilidad del reo, y para ello no es el mejor juez la familia de la víctima o el vengador de la sangre (
go'el),
a quien la ley encomienda la ejecución de la sentencia. Por ello, la ley misma fija, distribuidas por todo el territorio nacional, seis ciudades de refugio, adonde el presunto homicida busque asilo contra las iras del vengador de la sangre. La asamblea de esta ciudad será la encargada de definir si el reo lo es de la verdad, y, en caso contrario, ponerle a salvo contra el vengador de la sangre. Pero aun esta sentencia no será bastante para librarle de las iras de quien le busca para darle la muerte. Y la ley declara libre de responsabilidad a la ciudad si, hallado el autor de la muerte fuera de ella, le diere muerte el vengador de la sangre. Según las costumbres aún vigentes entre los nómadas de Moab, cuando se da un crimen de sangre, el autor huye bajo la tienda de un jeque poderoso, que lo defenderá contra el vengador de la sangre. Allí encuentra su asilo. Pasada la primera temporada de exaltación, se comienza a negociar, y después de muchos discursos y conferencias, se avienen a una indemnización, y con ella queda solventado el negocio. Algo semejante debía de ocurrir en Israel, cuando la autoridad suprema del Estado no imponía una forma más prudente de salvar la justicia. La misma insistencia de la ley en aplicar la pena al homicida pudiera significar que no siempre se cumplía.
En el desierto se preveía el caso de que el homicida se agarrara al altar, buscando protección9. Ya en el código de la alianza se dice que se señalarán lugares de refugio para los homicidas involuntarios10; pero este derecho de asilo no existía para el criminal11. Se trataba sólo de defender al homicida inculpable contra el vengador de la sangre o
goel, es decir, el pariente encargado oficialmente por la familia para vengar la sangre de uno de ella12. Cuando un homicida se refugiaba en una ciudad, la
asamblea judicial de la misma decidía sobre la culpabilidad del reo13. Las ciudades de refugio serán seis14, tres en Canaán; y tres en TransJordania. También aquí la expresión del lado de allá del Jordán refleja un legislador que vive ya en Canaán; luego de época posterior a Moisés (v.13). Tendrán derecho al asilo israelitas y
extranjeros (v.16).
Una vez probada la culpabilidad del homicida, el vengador de la sangre debe darle muerte (v.19). Esta ley del vengador de la sangre sirve en las sociedades poco desarrolladas, como entre los beduinos, para imponer respeto a los criminales, que saben lo que les espera. Es la defensa de la sociedad cuando aún no hay órganos oficiales y solventes de administración de justicia, y gracias a la ley del vengador de la sangre hay un mínimo de respeto a la vida en la estepa15. La ley israelita está, pues, tomada de la vida del desierto. El que ha sido declarado inocente (homicida involuntario) debe permanecer en la ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote (v.28), que parece señalar una fecha de amnistía o de nueva época.
La Sangre Clama Sangre (29-34).
29
Estas disposiciones serán normas de derecho, y para todas vuestras generaciones, dondequiera que moréis. 30
En todo caso de homicidio, a deposición de testigos, se quitará la vida al homicida; un testigo solo no basta para deponer contra uno y condenarle a muerte. 31
No aceptaréis rescate por la vida del homicida que deba ser condenado a muerte; ha de ser muerto. 32
Tampoco aceptaréis rescate para dejar salir al refugiado de su ciudad de asilo y habitar en su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote. 33
No dejéis que se contamine la tierra en que habitéis; porque la sangre contamina la tierra, y no puede la tierra purificarse de la sangre en ella vertida sino con la sangre de quien la derramó. 34
No profanéis la tierra que habitéis, donde habito yo también, porque yo soy Yahvé, que habito en medio de los hijos de Israel.
Son necesarios dos testigos para probar la culpabilidad de un homicida16. Se prohibe aceptar una compensación pecuniaria del homicida para salvar su vida17; esto sería dejar la puerta abierta a los abusos de los adinerados. Se prohíbe también la compensación pecuniaria para el homicida involuntario, que quiere salir de la ciudad de refugio antes de la muerte del sumo sacerdote (v.32), sin duda para evitar que, con demasiada facilidad, los verdaderos culpables quedaran libres antes de que determinara el tribunal, que podía dejarse comprar por el dinero del rico y dar como involuntario un homicidio voluntario18. Y, para terminar, el legislador quiere encarecer el castigo del homicida voluntario: la sangre derramada
contamina el país de Yahvé, cuya santidad no puede tolerar esa profanación. Tal contaminación sólo se purifica con el derramamiento de sangre del culpable (v.33).
Muchos críticos consideran esta legislación como posterior a la del Deuteronomio y complemento de éste, por las precisiones jurídicas que se dan19.
1 La enumeración en Jos 21;
1Cr_6:54-81;
Lev_25:32-34. 2 Cf. Jos 21:
Jos_17:21;
Jos_21:16;
1Sa_6:13.15. 3 En la repartición consignada en Jos 21 no parece que se tenga en cuenta este principio. Así, en Neftalí sólo hay tres ciudades levíticas, cuando era más numerosa que Gad y Efraím (cf. c.26). 4
Deu_12:12;
Deu_12:18-19;
Deu_14:27.29;
Deu_26:11;
Deu_26:14;
Deu_26:11-15. 5
Eze_45:4-5;
Eze_48:10-14. 6
2Cr_11:13-17. 7
Deu_12:18. 8 Ex 21.14;
1Re_2:26s. 9 Cf.
éxo_21:14. 10
Exo_21:13. 11
Exo_21:14;
Deu_19:12. 12
Deu_19:6;
Jos_20:3;
Jos_20:5;
Jos_20:9. Otra acepción de
go'el es la del pariente encargado de rescatar a su familiar pobre vendido al extranjero (
Lev_25:47-48), y el que debe casarse con la viuda de su pariente que no ha dejado hijos (
Rut_3:13). 13 En tiempos de la monarquía había tribunales especiales delegados del rey para administrar justicia (2
Par 19:5.8). 14 La enumeración en
Jos_20:7-8. 15 El P. Jaussen enjuicia así los beneficios de esta institución: Detiene la mano de muchos bandidos, mantiene cierta seguridad en el desierto y permite al viajero aventurarse entre gentes cúpidas, azuzadas por la miseria y el hambre, a emprender largos viajes; permite a tribus de diferentes religiones vivir juntas, como las de los cristianos de Kerak y Madaba, establecidos en medio de rapaces adversarios. Mientras el desierto sea desierto, la venganza de sangre, regulada por el uso, subsistirá, y digámoslo es necesaria
(Coutumes des árabes au pays de Moab 221). 16 Según
Deu_18:7, los dos testigos debían ser los primeros en ejecutar la sentencia de muerte contra el inculpado. Con esto se les prevenía contra un falso testimonio, ya que al derramar sangre inocente, se atraían la maldición divina. 17 Entre los griegos existía el
rescate, ?????(***) (
Ilíad. XVIII 4985); lo mismo éntrelos germanos (
Wergeld)
(Tácito,
Germania 21); el código de la alianza lo admitía para el caso de que uno muriera acorneado por un buey. El amo de éste debía pagar lo que pidiese la familia de la víctima (
éxo_21:29-32). 18 Cf. Lagrange: RB (1916) 465-466. 19 Así A. Clamer,
Nombres P-476.