Numeros  35, 9-29

Luego el Señor dijo a Moisés: Habla en estos términos a los israelitas: Cuando crucen el Jordán para entrar en la tierra de Canaán, encontrarán ciudades que les servirán como ciudades de refugio, donde puedan huir los homicidas que hay matado a alguien involuntariamente. Esas ciudades servirán de refugio contra el vengador del homicidio, y así el homicida no morirá sin haber comparecido delante de la comunidad para ser juzgado. Ustedes tendrán que señalar seis ciudades de refugio: tres el otro lado del Jordán y tres en el territorio de Canaán. Esas seis ciudades podrán servir de refugio no sólo a los israelitas, sino también a los extranjeros residentes o que estén de paso entre ustedes, de manera que todo el que haya matado a otro involuntariamente, pueda refugiarse en ellas. Pero el que mata a otro golpeándolo con un objeto de hierro, es un asesino, y el asesino será castigado con la muerte. Si lo mata de una pedrada capaz de causar la muerte, es un asesino, y el asesino será castigado con la muerte. Si lo mata golpeándolo con un palo capaz de causar la muerte, es un asesino, y el asesino será castigado con la muerte. El vengador del homicidio en persona debe matar al asesino apenas lo encuentre. Si el homicida mató a la víctima por odio, o si le arrojó intencionalmente un objeto capaz de causar la muerte, o si por enemistad lo hirió a golpes de puño hasta matarlo, el agresor será castigado con la muerte: es un asesino, y el vengador del homicidio lo matará apenas lo encuentre. Pero si lo hirió fortuitamente, sin que mediara enemistad, o si le arrojó un objeto sin intención de alcanzarlo, o si dejó caer sobre él, inadvertidamente, una piedra capaz de matarlo y de esa manera le causó la muerte, sin tener odio contra él y sin desearle ningún mal, la comunidad juzgará, conforme a estas reglas, entre el homicida y el vengador del homicidio, y librará a aquel de las manos de este. Luego la comunidad lo hará volver a la ciudad de refugio, adonde había huido, y él permanecerá allí hasta la muerte del Sumo Sacerdote que ha sido ungido con el óleo santo. Si el homicida sale de la ciudad de refugio adonde había huido, y el vengador del homicidio lo encuentra fuera de los límites de su ciudad de refugio, lo podrá matar sin temor a ninguna represalia, porque el homicida debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del Sumo Sacerdote, y solamente después podrá volver al lugar donde está su propiedad. Estas disposiciones serán una norma jurídica para ustedes y para sus descendientes, en cualquier lugar donde se encuentren.
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